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Aviso Oficial e Internacional

de nuestro Maestre

Nuestra Asociación está inspirada en la antigua Orden de los “Pauperes Commilitones Christi Templique salomonis” (Pobres Compañeros de Cristo del Templo de Salomón) pero no pretendemos representar o pedir su restitución o devolución, ya que se suprimió en 1312 y no tiene herederos vivos hoy en día.

 

Además la orden anterior, se componía de monjes, que, como tal profesaban los votos, y al mismo tiempo eran un cuerpo de Caballería que actuaba en las Cruzadas y defendiendo los Santos Lugares y nuestra Asociación sin embargo está compuesta en su mayoría por laicos activos en diversos campos profesionales, incluyendo algunos en la profesión de las armas. por tanto, nuestra Asociación no pretende presentarse a sí misma como la Orden de los “Pauperes commilitones Christi Templique Salomonis”, o como su heredero oficial directo , pero sí que se inspira en las obras y la espiritualidad que tenían estos.

 

Y también hay que sopesar que el nombre de Asociación canónica “Orden de los Pobres Caballeros de Cristo" difiere sustancialmente de la denominación original "Pauperes Commilitones Christi Templique Salomonis" que traducido del latin significa “Pobres Compañeros de Cristo del Templo de Salomón” inspirándose en lo que respecta al nombre, en virtud de nuestra vocación en la custodia y defensa de los templos sagrados de la cristiandad.

 

Somos una Asociación Privada de Fieles, no somos y no nos definimos como una orden de caballería, aunque internamente nos estructuramos similarmente en cuanto a su disciplina, jerarquía y espiritualidad, inspirándose en las antiguas órdenes de caballería cristiana medievales.

 

Somos fieles católicos que tenemos como fines la defensa de los sagrados lugares, los peregrinos, los débiles y los oprimidos, en plena comunión con la Iglesia Católica y el Papa.

 

Creemos firmemente que incluso en nuestro siglo es necesario mantener los valores que nos han trasmitido las antiguas órdenes basadas en el sacrificio personal por el bien común, inspirándonos en el primer caballero, Cristo.

En la bula "Vox in Excelso" se suprimió la Orden de los “Pauperes Commilitones Christi Templique Salomonis” por el Papa Clemente V y es evidente que lo hizo para salvar a los caballeros, a los que consideraba inocentes (como más tarde se ha corroborado a través de los Documentos de Chinon), adoptando un "artificio" del Derecho Canónico, "la supresión administrativa de la Orden" que tan solo significaba que una nueva bula papal podría rehabilitarla.

 

Además el pergamino de Chinon, encontrado en el archivo secreto del Vaticano en el año 2001 por la Doctora Bárbara Frale, que el Vaticano las hizo públicas en la obra Processus contra Templarios, que contiene las actas del proceso, y muestra que el año 1308 el Papa Clemente V concedió la absolución sacramental al Gran Maestre Jacques de Molay y al resto de los hermanos de la Orden, readmitiéndoles en la comunión con la Iglesia Católica y que al no poder oponerse a la voluntad del rey de Francia Felipe el Hermoso que imponía la eliminación de los templarios, el papa eliminó la orden de la realidad de la época sin condenarla ni abolirla, sino más bien aislandola en una especie de “hibernación” gracias a este hábil artificio del derecho canónico.

 

Tras haber declarado expresamente que el proceso no había probado la acusación de herejía, Clemente V suspende la orden de los Templarios mediante una sentencia no definitiva dictada por la necesidad superior de evitar un gran peligro para la Iglesia, con la prohibición bajo pena de excomunión de continuar usando el nombre y los signos distintivos.

 

También no es menos cierto, que dicha excomunión debía de haber sido confirmada por Papas sucesivos, y si tenemos en cuenta que el último que lo confirmó fue el Papa Juan XXIII, y los siguientes no lo han hecho, es una evidencia que ya no está activada dicha excomunión, como si sería por ejemplo el caso de los masones, rosacruces, agnosticos, martinistas, y un largo etc de creencias herejes (Herejía es una creencia o teoría controvertida o novedosa, especialmente religiosa, que entra en conflicto con el dogma establecido. Se diferencia de la apostasía, que es la renuncia formal o abandono de una religión, y la blasfemia, que es la injuria o irreverencia hacia la religión).

 

Reforzando esta argumentación, reproducimos un extracto de la opinión / juicio de Monseñor Guido Ottria, vicario judicial del tribunal eclesiástico perteneciente a Región Eclesiástica del Piamonte, Tribunal Orgánico y Eclesiástico Regional piamontés de primera y segunda instancia (traducción fidedigna del italiano).

 

"La legitimidad de la Orden y su nombre”

 

La legitimidad y la conformidad de la Orden del Temple -Orden Soberana y Militar del Templo - Pobres Compañeros de Cristo y del Templo de Salomón (antigua definición) – es que son de hecho readmitidos en la comunión de los cristianos católicos (en la bula "Vox in excelso" emitida por el papa Clemente V 22 de de marzo de 1312 se excomulgó a los templarios) al haber sido habilitada por el nuevo derecho canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983.

 

Por otra parte: "el Código de Derecho Canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II el 25/01/1983 en el Canon 6, párrafo 1, n° 3, establece que con la entrada en vigor del nuevo Código se deroga: … leges poenales qualibet, sive universales, sive particulares, a Sede Apostólica latae, nisi in hoc ipso códice recipiantur "(todas las leyes penales, tanto universales como particulares, promulgadas por la Sede Apostólica, si no se incorporan en este mismo código).

 

El Canon 58, apartado 1, establece; "... El decreto singular cesa con el cese de la ley para cuya ejecución se emitió."

Acerca de la excomunión de los templarios por Clemente V, considerado las modalidades con las que el Papa había llegado desde su tema, también puede hacer referencia al canon 125, que declara nulo un acto jurídico sometido a constricción sin igual y también para el canon 126, que declara inválido los actos y hechos de la ignorancia o error en relación con un aquello que constituye su sustancia.

 

Por lo tanto, es carente de toda eficacia la excomunión contra los templarios.

 

Alejandría de 2008 Miércoles de Ceniza (6 de febrero de 2008, nota del editor).

En la fe, monseñor Guido Ottria Vicario General de la diócesis de Alejandría.

 

Con este escrito salimos al paso de cuantos dicen ser Pobres Caballeros de Cristo, o Templarios, y suman a ser católicos cualquier desviación o herejía a sus creencias, escudándose del vacío legal o de identidad que dejo esta suspensión de la antigua Orden.

 

No hay otro camino que no pase por volver a la Iglesia, acatar su Magisterio y organizarse como el Código Canónico nos muestra, como es nuestro caso "Orden de los Pobres Caballeros de Cristo", "Militia Templi" y "Templari Catolici d'Italia", únicas Asociaciones Privadas de Fieles que emulan a los antiguos Templarios en el mundo que están autorizadas por la Iglesia.

 

En Altorreal a 8 de Abril del año de nuestro Señor Jesucristo 2017

 

Fr. D. Gerardo Francisco Fraile y Perez-Cuadrado

Maestre OPCC

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